Centro Civico

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  • Telefono:
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  • 264 - 4305061 - 6540
  • 7:45 a 12:45 y 15 a 19 hs
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Otorgamiento de la Eximición Impuesto Inmobiliario – Jubilados y/o Pensionados previsto por el Artículo 176 Ley 151-I para contribuyentes que hubieren solicitado el respectivo beneficio.

Quedan incluidos en este procedimiento todos aquellos contribuyentes que den cumplimiento a los requisitos solicitados al momento de pedir la exención.

1 - Completar el formulario que se encuentra disponible en la página de la Dirección General de Rengas (www.sanjuandgr.gov.ar).

2 - Al confirmar los datos del turno, será enviado al solicitante un correo electrónico.

conteniendo el comprobante del turno programado a la dirección de e-mail que haya especificado.

3 - Entrar a su correo electrónico y hacer clic en el vínculo que aparece en el cuerpo del mensaje. Es muy importante! Esta acción producirá la confirmación del turno solicitado y debe ejecutarse dentro de las 6 horas de emitida la solicitud, para confirmar el turno.

Transcurrido ese tiempo perderá el turno y tendrá que solicitar un nuevo turno.

4 - Presentarse el día y fecha asignado en el turno, en el Sector de Atención al Público (Centro Cívico Provincial - Av. Libertador San Martin 750 Oeste - Planta Baja), en el sector que se indica en el comprobante. Es importante ser puntual al efecto. Sin el comprobante impreso no podrá presentarse para ser atendido.

Impuestos Inmobiliario Última Modificación: 21/04/2016 12:04:28
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Los empleados públicos de la provincia de San Juan (funcionarios con cargos electivos, autoridades superiores y agentes de la Administración Pública Provincial Centralizada, Órganos Descentralizados y Entes Autárquicos), podrán pagar el Impuesto Inmobiliario.

Impuesto a la Radicación de Automotores y otros impuestos provinciales que la Dirección General de Rentas disponga, de una o más cuentas, a través de la adhesión al Régimen de Deducción de Haberes.

El presente régimen de pago podrá ser utilizado para cancelar los importes fijos mensuales de los impuestos antes identificados y las cuotas mensuales de los planes de facilidades de pago conformados y vigentes al momento de la presentación de la solicitud respectiva.

No podrá utilizarse el régimen establecido para cancelar el pago Único Anual o Semestral de los Impuestos Inmobiliario y a la Radicación de Automotores.

La adhesión al Régimen de Deducción de Haberes implicará la aceptación de la deducción automática por planilla de haberes de las obligaciones a vencer o cuotas de planes de facilidades de pago de los impuestos incluidos en el régimen.

1 - Completar el formulario que se encuentra disponible en la página de la Dirección General de Rengas (www.sanjuandgr.gov.ar).

2 - Al confirmar los datos del turno, será enviado al solicitante un correo electrónico conteniendo el comprobante del turno programado a la dirección de e-mail que haya especificado.

3 - Entrar a su correo electrónico y hacer clic en el vínculo que aparece en el cuerpo del mensaje. Es muy importante! Esta acción producirá la confirmación del turno solicitado y debe ejecutarse dentro de las 6 horas de emitida la solicitud, para confirmar el turno.

Transcurrido ese tiempo perderá el turno y tendrá que solicitar un nuevo turno.

4 - Presentarse el día y fecha asignado en el turno, en el Sector de Atención al Público (Centro Cívico Provincial - Av. Libertador San Martin 750 Oeste - Planta Baja), en el sector que se indica en el comprobante. Es importante ser puntual al efecto. Sin el comprobante impreso no podrá presentarse para ser atendido.

Automotor Impuestos Inmobiliario Última Modificación: 21/04/2016 12:04:03