Palabra Clave: "reinscripcion"
Listado de Trámites por Palabra Clave
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El presente trámite deberá ser realizado por Profesionales Universitarios, Ingenieros Agrónomos o título equivalente.
En el caso de asesores técnicos de empresas que se dediquen a la fabricación, formulación y fraccionamiento industrial de fitosanitarios, fertilizantes y demás productos contemplados en la Ley N° 551-L podrán completar el trámite ingenieros químicos, industriales, licenciados en química o título equivalente.
La habilitación es por el término de un año, transcurrido el mismo se debe realizar la reinscripción.
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El presente trámite se refiere a la actualización de la documentación por parte de personas físicas / jurídicas para continuar con la prestación de servicios de aplicaciones a terceros de fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y otros productos de saneamiento ambiental, luego de vencido el certificado de INSCRIPCIÓN, el 31 de marzo de cada año calendario.
Realicen esta actividad por vía aérea, terrestre, cámaras de fumigación y/o empresas unipersonales de aplicación terrestre.
La reinscripción es anual y el trámite tiene una duración de 1 (un) mes, debido a las instancias de inspección de la actividad.
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El presente trámite deberá ser realizado por las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, almacenen y comercialicen fitosanitarios, fertilizantes, abonos, enmiendas, inoculantes y productos de saneamiento ambiental, luego del vencimiento del certificado de INSCRIPCIÓN, como renovación de la actividad.
La duración del trámite es de 30 días, debido a las instancias de inspección a la actividad.
La habilitación tiene duración máxima de un año, sujeta a decisión técnica del organismo de aplicación.